Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, de declaración de especies que pueden ser objeto de caza y normas para su protección (BOE núm. 218, de 12 de septiembre de 1989)
El otro día estuve buscando las especies que pueden ser cazadas en nuestro país. Para mi sorpresa, el Real Decreto en el que se contempla es del año ¡¡¡1989!!!. Más de 20 años, ha llovido mucho desde entonces, nunca mejor dicho... Aunque esto no es lo más sorprendente:
Con respecto a las aves, en el Anexo I aparecen 38 especies, de las cuales 4 tienen un estado de amenaza de extinción
Pato colorado (Netta rufina) tiene la catalogación de VULNERABLE y fue ave del año 2008 para SEO/BirdLife como símbolo de las aves acuáticas españolas.
Avefría (Vanellus vanellus) está catalogada como CASI AMENAZADA.
Paloma zurita (Columba oenas) esta catalogada como EN PELIGRO.
Tórtola común (Streptopelia turtur) está catalogada como VULNERABLE.
Después está el caso de la focha común (Fulica atra) y la focha cornuda (Fulica cristata). La común puede cazarse, pero la cornuda, EN PELIGRO CRÍTICO, no. Sin embargo, a ver quién es capaz de diferenciar en vuelo una cornuda de una común, sobre todo si no se tiene ningún interés en hacerlo. Por tanto, muchas cornudas mueren por este hecho.
También me sorprende que se puedan cazar gaviotas, como la reidora, la argéntea y la patiamarilla. ¿Realmente los cazadores tienen interés en gastar dinero en cazar gaviotas?¿Las gaviotas se comen?. Yo creo que detrás de esto está el permitir controles de "plagas" y no la afición de la caza.
Luego, según el artículo 1.4 de este RD, la tórtola turca (Streptopelia decaocto) y la gaviota sombría (Larus fuscus) pueden cazarse, siempre y cuando la Comunidad Autónoma competente te dé el permiso. Es curioso que la tórtola común si pueda cazarse estando en peligro, mientras que la turca, bastante abundante, se deba de pedir un permiso especial para ello.
Aunque es aún más curioso que este artículo también contempla... ¡¡¡EL LOBO!!!
Además, hay que tener en cuenta que, el hecho de que alguien tenga el dinero para pagar una licencia de caza no significa que sepa diferenciar especies y que es muy posible que tengan la mentalidad de "pájaro que vuela a la cazuela". Me gustaría saber si el SEPRONA realmente se esfuerza y tiene los recursos humanos y materiales suficientes como para vigilar que la ley se cumple.
Sin embargo, y a pesar de todo lo dicho, hay algo que me sorprende aún más: la existencia de personas que pueden considerar una diversión matar animales, no sé qué hay de divertido en eso...Especies que pueden ser objeto de caza
Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, de declaración de especies que pueden ser objeto de caza y normas para su protección (BOE núm. 218, de 12 de septiembre de 1989)
El otro día estuve buscando las especies que pueden ser cazadas en nuestro país. Para mi sorpresa, el Real Decreto en el que se contempla es del año ¡¡¡1989!!!. Más de 20 años, ha llovido mucho desde entonces, nunca mejor dicho... Aunque esto no es lo más sorprendente:
Con respecto a las aves, en el Anexo I aparecen 38 especies, de las cuales 4 tienen un estado de amenaza de extinción
Pato colorado (Netta rufina) tiene la catalogación de VULNERABLE y fue ave del año 2008 para SEO/BirdLife como símbolo de las aves acuáticas españolas.
Avefría (Vanellus vanellus) está catalogada como CASI AMENAZADA.
Paloma zurita (Columba oenas) esta catalogada como EN PELIGRO.
Tórtola común (Streptopelia turtur) está catalogada como VULNERABLE.
Después está el caso de la focha común (Fulica atra) y la focha cornuda (Fulica cristata). La común puede cazarse, pero la cornuda, EN PELIGRO CRÍTICO, no. Sin embargo, a ver quién es capaz de diferenciar en vuelo una cornuda de una común, sobre todo si no se tiene ningún interés en hacerlo. Por tanto, muchas cornudas mueren por este hecho.
También me sorprende que se puedan cazar gaviotas, como la reidora, la argéntea y la patiamarilla. ¿Realmente los cazadores tienen interés en gastar dinero en cazar gaviotas?¿Las gaviotas se comen?. Yo creo que detrás de esto está el permitir controles de "plagas" y no la afición de la caza.
Luego, según el artículo 1.4 de este RD, la tórtola turca (Streptopelia decaocto) y la gaviota sombría (Larus fuscus) pueden cazarse, siempre y cuando la Comunidad Autónoma competente te dé el permiso. Es curioso que la tórtola común si pueda cazarse estando en peligro, mientras que la turca, bastante abundante, se deba de pedir un permiso especial para ello.
Aunque es aún más curioso que este artículo también contempla... ¡¡¡EL LOBO!!!
Además, hay que tener en cuenta que, el hecho de que alguien tenga el dinero para pagar una licencia de caza no significa que sepa diferenciar especies y que es muy posible que tengan la mentalidad de "pájaro que vuela a la cazuela". Me gustaría saber si el SEPRONA realmente se esfuerza y tiene los recursos humanos y materiales suficientes como para vigilar que la ley se cumple.
Sin embargo, y a pesar de todo lo dicho, hay algo que me sorprende aún más: la existencia de personas que pueden considerar una diversión matar animales, no sé qué hay de divertido en eso...
